Abstracto
- Los recursos genéticos han sido definidos por el Convenio de Diversidad Biológica Ley 165 de 1994 como "el material genético de valor real o potencial", se entiende por material genético "todo material de origen vegetal, animal o microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia". Por otra parte, esta norma reafirmó en su preámbulo que "los Estados tienen derechos soberanos sobre sus propios recursos biológicos"